sábado, 5 de agosto de 2006

Curso de Posgrado "Mov. Sociales..." - último día.











Sábado 5 de agosto de 2006
El Prof. Dr. Roberto Gargarella se introdujo a su exposición con comentarios generales sobre derechos civiles y derechos sociales, prometiendo más adelante abarcar cuestiones de Derecho Penal. Definió los derechos como compromisos que la comunidad asume y que muestran qué es lo que se quiere proteger.

Ya inmerso en el tema de la protesta, presentó dos enfoques que él advierte en el plano de la realidad social:
• uno que ve a la protesta dentro del marco del Derecho, y
• otro que ve a la protesta como algo que confronta o se opone a lo regulado por la Constitución Nacional.
Estos dos puntos de vista establecen diversos vínculos entre protesta y derechos: algunos pretenden preservar la protesta y otros pretenden terminar con ella. Planteó el tema de la protesta vinculado a la libertad de expresión (como derecho civil) y afirmó que el derecho a la crítica al poder debe ser visto como un superderecho, ya que si se pierde este derecho se pierde gran parte de lo que da sentido a la Democracia; y que las críticas que merecen más protección por parte de los jueces (como custodios del Derecho) son las que vienen de grupos con dificultades para ser escuchados por el poder político. Según su exposición, en Argentina quedó muy atado el uso de la palabra pública al poder económico: no se valoriza de la misma manera, por ejemplo, la crítica al gobierno que hace un periodista desde una columna de un diario de circulación nacional, que la que puede hacer una organización social sin acceso a medios masivos de comunicación.

También planteó dos puntos de vista antagónicos respecto de la libertad de expresión:
• una actitud pasiva que sostiene que se respeta la libertad de expresión cuando el Estado está ausente y deja hacer, y
• una actitud activa que sostiene que se respeta la libertad de expresión cuando el Estado garantiza que las distintas voces puedan presentarse en público y ser escuchadas.
El Poder Judicial argentino no suele ser la vanguardia de la protección de sectores minoritarios, que es su razón de ser en un Estado democrático.

Se lamentó de que la protesta sea vista casi siempre desde el ámbito del derecho penal, a veces como ajustada a un tipo penal, otras veces como dentro de las justificaciones de conductas tipificadas como delitos, siendo que ella debería verse como un derecho que surge de la Constitución Nacional. Otra lamentación provino del hecho de que la protesta se analice sólo desde una cuestión procedimental (cómo se protesta) y que esto opaque la cuestión sustantiva de la protesta (qué se dice con ella).

Planteó la clásica distinción entre derechos operativos y programáticos como una herramienta para ignorar derechos sociales, a pesar de que la Constitución Nacional nada establece sobre esta distinción. Calificó como repudiable la distribución de subsidios como respuesta del Estado a reclamos de sectores sociales, ya que esta respuesta transforma en privilegio a lo que en realidad es un derecho: al otorgar un privilegio el Estado puede actuar discrecionalmente, mientras que al garantizar un derecho debe hacerlo incondicional y universalmente.

Su exposición terminó con la afirmación de que, en torno a la protesta, la respuesta penal es la que ha generalizado el Estado, que ignora que la pena debe reservarse a casos graves y excepcionalísimos.

Después de su exposición hubo un diálogo con los participantes, quienes plantearon el derecho a protestar como una forma del derecho a la participación; y quienes afirmaron que el discurso de la Constitución Nacional muestra incoherencias, pero que esas incoherencias demuestran tomar partido a favor del orden establecido por el capitalismo liberal, y que los derechos sociales reclaman una disposición de lo económico que se opone con ese orden.

Tras un corte, continuó ese diálogo: surgieron los temas de la potencia que encierran los derechos, que puede explotarse a través de luchas, movilizaciones...; de la criminalización de la protesta y de la pobreza; del aumento del rigor penal de la legislación como un tema instalado en la llamada opinión pública; y del lenguaje y discurso jurídicos.

Después del diálogo, la Prof. Lic. Lilians M. López cerró el curso, invitando a los participantes a seguir en comunicación; afirmando que estamos en una sociedad entramada en relaciones de conflicto; y citando párrafos de "Cartas a Cristina". Juzgó que el curso fue positivo para ir restaurando espacios de libertad: una meta corta que se inscribe dentro de la meta larga que propuso Paulo Freire: la reinvención de la sociedad.